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JURISPRUDENCIA. CSJN. RIESGO DEL TRABAJO. IRRETROACTIVIDAD DE LA LEY 26773. SÍNTESIS SEMANAL DE ACTU

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    estudiorecio-consu
  • 18 jun 2016
  • 1 Min. de lectura



La Corte Suprema en auto Espósito, Dardo Luis c/ Provincia ART SA s/ accidente de fecha 07/06/2016, resolvió que el reajuste mediante el índice RIPTE de los importe los que aludían los art 1ro, 3ro y 4to del Decreto 1694/2009 exclusivamente con el fin que esas prestaciones de suma fija y pisos mínimos reajustados se aplicarán a las contingencias futuras. Más precisamente a los accidentes que ocurrieran y a las enfermedades que se manifestaran con posterioridad a la publicación del nuevo Régimen Legal.





 
 
 

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