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AFIP. HABILITACIÓN DEL SERVICIO RÉGIMEN SIMPLIFICADO GANANCIAS PERSONA FÍSICA. SÍNTESIS SEMANAL DE A

  • Foto del escritor: estudiorecio-consu
    estudiorecio-consu
  • 17 jun 2016
  • 1 Min. de lectura



Podrán optar por presentar la declaración jurada a través del Régimen Simplificado de Ganancias Personas Físicas siempre que cumplan con alguna de las siguientes condiciones:

-Si percibiste ingresos del trabajo en relación de dependencia, jubilaciones y pensiones.

-Si sos Actor y percibiste tus ingresos a través de la Asociación Argentina de Actores.

-Si sos socio de sociedades cooperativas, que trabajen en la explotación, por los servicios prestados.-Si conjuntamente con los ingresos indicados precedentemente obtuviste otras rentas.La Afip puso a disposición el servicio Régimen Simplificado ganancias Persona Física para que los beneficiarios de las rentas puedan optar por la confección de la declaración jurada de ganancias a través del mismo.

Los empleados en relación de dependencia, jubilados y pensionados se encuentran obligados a presentar una declaración de bienes cuando sus ingresos brutos anuales hayan sido iguales o superiores a los $200.000 y también una declaración jurada de ganancias cuando dichos ingresos hayan sido iguales o superiores a los $300.000 anuales.






 
 
 

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