IVA. PAGO TRIMESTRAL PARA PYMES. APROBACIÓN DE LA SEPYME. SÍNTESIS SEMANAL. NOTICIA AL (06/06/2016)
- estudiorecio-consu
- 10 jun 2016
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La Afip instrumentará un servicio web que se podrá ingresar con clave fiscal en la que se obtendrá la aprobación que solicita el artículo 4to de la Resolución 3878.Quedan exceptuados del Régimen aquellos sujetos que desarrollen actividades de construcción, minería, los imputados penalmente y los concursados o fallidos.Los sujetos beneficiarios cuyas declaraciones juradas mensuales arrojen saldo de libre disponibilidad durante 2 períodos fiscales consecutivos anteriores al pedido podrán solicitar el Certificado de Exclusión.
Se debe poseer cuit con estado administrativo activo sin limitaciones, tener la actividad y el domicilio fiscal actualizado y usar cuentas tributarias.
La presentación de las declaraciones juradas se hará en forma mensual. El ingreso se hará en forma trimestral a través de transferencia electrónica de fondos.
A tener en cuenta que en el caso de medianas empresas solo irán las que están en el tramo 1 de la Ley 25300 y de la Resolución Sepyme 24/2001.Será de aplicación a partir de Junio 2016.
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