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GANANCIAS. PERSONAS FÍSICAS Y SUCESIONES INDIVISAS. REDUCCIÓN DE ANTICIPOS. SÍNTESIS SEMANAL. NOTICI

  • Foto del escritor: estudiorecio-consu
    estudiorecio-consu
  • 10 jun 2016
  • 1 Min. de lectura



Mediante la Resolución 3898 se posibilita la reducción de los anticipos en virtud del aumento que sufrieron las deducciones personales.

Aquellos interesados en solicitar la reducción del anticipo lo tendrán que hacer entre el 1/06 y 15/06. Lo deberán realizar mediante el ingreso en “cuentas tributarias” a la transacción “reducción de anticipos” donde deberán indicarse el código 11- ganancias de persona física y sucesiones indivisas, período fiscal 20160000 tildando el campo “Decreto 394/2016”.

Se establece que para solicitar la reducción deberán poseer cuit en estado administrativo sin limitaciones. Haberse adherido al domicilio fiscal electrónico y tener actualizado el código de actividad.

Los sujetos que ejerzan esta opción deberán cancelar todas sus obligaciones tributarias a través de transferencias electrónicas de fondos.




 
 
 

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