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TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL. RIESGO DEL TRABAJO. REGISTRO NACIONAL DE LITIGIOSIDAD. CREACIÓN. RESUMEN

  • Foto del escritor: estudiorecio-consu
    estudiorecio-consu
  • 1 jun 2016
  • 1 Min. de lectura



A través de la Resolución de la Superintendencia de Riesgo de trabajo Nº 198/2016 se crea el Registro Nacional de Litigiosidad de Riesgo del Trabajo.

Las ART y los empleadores autoasegurados deben informar al RENALI con carácter de declaración jurada, a partir del 01/01/2016 los procesos judiciales y conciliatorios en los que intervengan con motivos de reclamos sustanciados en el marco de la Ley 24557 en un plazo de 60 días contados a partir del próximo 6 de Julio.


 
 
 

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