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CONVENIO MULTILATERAL. RÉGIMEN GENERAL. GASTOS BANCARIOS. SUSPENSIÓN DE LA RG (CA) 7/2016. RESUMEN S

  • Foto del escritor: estudiorecio-consu
    estudiorecio-consu
  • 1 jun 2016
  • 1 Min. de lectura



A través de la Resolución General de la Comisión Arbitral 9/2016 la Comisión suspende la aplicación de la Resolución 7/2016 la cual establecía que los gastos son soportados por el vendedor o prestador de servicio. Dichos gastos inherentes a las cuentas bancarias deberían ser atribuidos o son soportados en la jurisdicción donde están abiertas las cuentas bancarias.

Pero como las jurisdicciones del interior no estuvieron de acuerdo con la Resolución de la Comisión Arbitral se llegó a la apelación de la misma. Con lo cual la Comisión Arbitral a través de la Resolución General 9/2016 la deja en suspenso.




 
 
 

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