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CONTRIBUCIONES PATRONALES. EMPRESAS DE TRANSPORTE DE PASAJEROS POR ÓMNIBUS. CÓMPUTO DEL GASOIL COMO

  • Foto del escritor: estudiorecio-consu
    estudiorecio-consu
  • 1 jun 2016
  • 1 Min. de lectura



La RG Afip 3886 para las empresas de transporte de pasajeros por ómnibus para el cómputo del gasoil como pago a cuenta de las contribuciones patronales, se establece que deberán acceder a partir del 01/06/2016 a través de la Afip con el servicio “Mis Aplicaciones web” seleccionando el formulario 333/A- imputación de crédito de combustibles líquidos.






 
 
 

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