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PROYECTO DE LEY. EMERGENCIA OCUPACIONAL. CONSIDERACIONES. (02/05/2016)

  • Foto del escritor: estudiorecio-consu
    estudiorecio-consu
  • 13 may 2016
  • 1 Min. de lectura



Lo que se genera es la prohibición de los despidos sin justa causa. Con el hecho de producir el despido provoca en forma inmediata una doble indemnización. Se extiende en el tiempo. A partir de si es sanción, publicación y promulgación de la ley regirá por 180 días la imposibilidad de despedir sin justa causa.




 
 
 

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